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Regularización de pozos según normativa DGA
Ofrecemos soluciones de monitoreo y transmisión de las extracciones efectivas de su pozo, para cumplir con la nueva Resolución DGA N°1238 y N°564.
Realizamos asesoría técnica según sus necesidades, con el fin de que nuestros clientes elijan la mejor opción según el presupuesto disponible.
¿En qué consiste la nueva Resolución de la DGA N°1238 y N°564?
La nueva normativa comprende que todo pozo que esté inscrito y que pertenezca a la zona de extracción restringida, debe instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de datos referido a la extracción de aguas subterráneas. (ver documento DGA)
¿Quiénes deben instalar el sistema de monitoreo?
Todos los titulares de derechos de aguas subterráneas que pertenezcan a las zonas de extracción restringidas indicadas por la resolución DGA Regional, publicada en el Diario Oficial.
¿Cuáles son las zonas de extracción restringidas?
Las zonas restringidas son las siguientes:
¿Qué equipos deben ser instalados?
El sistema de medición consta principalmente de los siguientes equipos:
Sensor de nivel: Dispositivo que mide la distancia desde el nivel del suelo a la superficie del agua. Flujómetro: Instrumento que mide el flujo de agua del pozo Data logger: Dispositivo electrónico equipado con memoria interna, que sirve para el registro y respaldo de datos.
¿Cómo se transmiten los datos?
Existen 3 formas de transmitir los datos, los cuales son: Online, Archivo, o Formulario, dependiendo del rango de caudal que dispone el titular de derechos de agua.