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Regularización de pozos según normativa DGA

Ofrecemos soluciones de monitoreo y transmisión de las extracciones efectivas de su pozo, para cumplir con la nueva Resolución DGA N°1238 y N°564.
Realizamos asesoría técnica según sus necesidades, con el fin de que nuestros clientes elijan la mejor opción según el presupuesto disponible.

¿En qué consiste la nueva Resolución de la DGA N°1238 y N°564?

La nueva normativa comprende que todo pozo que esté inscrito y que pertenezca a la zona de extracción restringida, debe instalar y mantener un sistema de monitoreo y transmisión de datos referido a la extracción de aguas subterráneas. (ver documento DGA)

¿Quiénes deben instalar el sistema de monitoreo?

Todos los titulares de derechos de aguas subterráneas que pertenezcan a las zonas de extracción restringidas indicadas por la resolución DGA Regional, publicada en el Diario Oficial.

¿Cuáles son las zonas de extracción restringidas?

Las zonas restringidas son las siguientes:

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¿Qué equipos deben ser instalados?

El sistema de medición consta principalmente de los siguientes equipos:

Sensor de nivel: Dispositivo que mide la distancia desde el nivel del suelo a la superficie del agua.
Flujómetro: Instrumento que mide el flujo de agua del pozo
Data logger: Dispositivo electrónico equipado con memoria interna, que sirve para el registro y respaldo de datos.

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¿Cómo se transmiten los datos?

Existen 3 formas de transmitir los datos, los cuales son: Online, Archivo, o Formulario, dependiendo del rango de caudal que dispone el titular de derechos de agua.

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Para una evaluación preliminar y posterior cotización, comuníquese con nosotros, que con gusto lo guiaremos en lo más conveniente según sus necesidades.